Se habla mucho de la censura en la red, algo que parece necesario. Veamos aquí un poco sobre este tema.
El terreno de la libertad de opinión es un campo minado. Por un lado, existe la necesidad de limitar la difusión de mentiras que representan un peligro; y al mismo tiempo, dar espacio a todo pensamiento alternativo que es sentido por los individuos, como una de las libertades más importantes e inalienables de la vida.
Sin embargo, este es un territorio muy arriesgado. En él la ciencia no puede guiarnos, y la política también puede ser débil. Establecer el principio de que podemos reprimir las voces que expresan conceptos peligrosos podría conducir a un abuso que ninguno de nosotros desearía.
En Estados Unidos, patria de la libertad de opinión, donde incluso es legítimo proclamarse nazi, hubo una famosa sentencia del Tribunal Supremo que estableció que gritar «¡Fuego!», en un teatro lleno de gente, no es un ejercicio legítimo de la libertad de opinión.
Si una persona expone públicamente sus profecías para el 2022, formula Teorías conspirativas. Otro caso que nos hace pensar en censura, es si durante una emisión televisiva uno de los invitados dijera: «¡Hay una bomba en el aeropuerto!», no estaría ejerciendo su libertad de expresión, sino cometiendo un delito absurdo y peligroso.
Un ejemplo claro: El caso de Hit Man
En la década de los 70, hubo mucho debate sobre un libro llamado Hit Man (Sicario), de Rex Feral (un seudónimo). Un manual técnico para profesionales independientes, según su subtítulo; una guía razonada y precisa para matar gente y quedar impune, de hecho.
Algunos consideraron que ese libro no debía publicarse. Otros, por el contrario, defendían que debía publicarse, porque la libertad significa publicarlo todo.
El debate se prolongó durante mucho tiempo, hasta que, en algún momento, alguien cometió un triple asesinato. Para ello se siguió paso a paso las instrucciones de ese cuestionado manual de bricolaje.
De nuevo, estamos en un campo minado. A todos nos gustaría ser libres para leer todos los libros que deseemos. Se podría pensar, que incluso un inofensivo libro de misterio, en el que se describe meticulosamente la preparación de una masacre, podría servir de inspiración para cometerla.
Cuando decimos que hay que censurar las mentiras peligrosas como las de Pinocho, lo planteamos, con cierta inquietud. Por un lado, estamos convencidos de que no deben difundirse. Por otro, nos damos cuenta de que esta norma se presta a abusos que pueden conducir a una limitación de la libertad de opinión, que muchos consideramos parte fundamental de nuestra vida y de nuestros derechos humanos.
Veamos un caso en una red social
En mayo de 2020, Twitter introdujo un sistema de notificación de comprobación de hechos. Para comprobar y verificar la información de las publicaciones de los usuarios. La finalidad fue descubrir y bloquear las noticias falsas que circulan por la red social.
Pocos días después, algunos tuits publicados en la cuenta del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, fueron marcados como «fact-checking«. Además, al mes siguiente, por primera vez, Twitter identificó un vídeo publicado por el presidente como «medio manipulado«.
Sin embargo, el punto álgido se alcanzó cuando, en enero de 2021, Twitter decidió tachar permanentemente el perfil de Donald Trump.
El caso llevó a la opinión pública a preguntarse si era o no censura. Muchas personas se hacen estas preguntas:
- ¿Debería considerarse un delito difundir noticias falsas?
- ¿Viola una normativa contra las noticias falsas el derecho a la libertad de expresión?
- ¿Acaso el bloqueo de una cuenta es una forma de censura?
El equilibrio entre la libertad de expresión y la lucha contra las noticias falsas
Para responder a las anteriores preguntas, primero debemos cuestionar la relación entre las noticias falsas y la regulación en los marcos jurídicos nacionales.
Por ejemplo, si consideramos el delito de difamación, dos características principales ponen de manifiesto su similitud con la creación de fake news:
- la incorrección de la declaración difamatoria y
- la intencionalidad de la expresión.
De hecho, al igual que la difamación, se diferencia del derecho de crítica en su carácter intencionadamente falsificado. De la misma manera, una normativa anti-fake news respetaría el principio de expresión y opinión. Esto si solo castigara la publicación de información textual y audiovisual intencionadamente modificada y falsificada.
Con ello, el legislador podría crear un equilibrio entre el derecho de expresión y opinión -reconocido por el derecho humano internacional y recogido en múltiples convenios como el PIDCP (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) art. 19 o el CEDH (Convenio Europeo de Derechos Humanos) art. 10- y la lucha contra la difusión de noticias falsas.
Por el contrario, si las medidas reguladoras resultan ser excesivamente vagas o discrecionales, se corre el riesgo de caer en la censura, la supresión del pensamiento crítico y otros planteamientos contrarios a los derechos humanos.
En este sentido, en marzo de 2017, bajo los auspicios de la ONU, la OSCE, la OEA y la CADHP, se adoptó la «Declaración conjunta sobre la libertad de expresión y las «fake news», la desinformación y la propaganda». La Declaración pretendía enmarcar la relación entre el respeto de los derechos humanos y la regulación de las noticias falsas, identificando los principios clave.
La Declaración afirma que una restricción a la libertad de expresión para bloquear la difusión de noticias falsas es:
- Conforme al derecho internacional (de los derechos humanos),
- Solo si cumple con los principios de legalidad (la norma reguladora debe estar prevista en la ley),
- Necesidad (la norma reguladora debe ser necesaria para proteger determinados intereses),
- Proporcionalidad (la sanción debe ser proporcional al daño creado).
En particular, hay que destacar cómo el principio de necesidad delimita el límite entre una regulación equilibrada y una restricción excesiva del derecho de expresión.
En otras palabras, solo es necesaria una regulación adecuada contra las noticias falsas -y, por tanto, la consiguiente limitación del derecho de expresión aceptable- si la difusión de noticias no veraces pone en peligro la seguridad nacional, el orden público y/o la salud pública o moral.
Por ejemplo
El bloqueo permanente de la cuenta de Twitter del presidente Trump -que se produjo pocos días después de los sucesos del Capitolio- fue justificado por la propia empresa «para prevenir el riesgo de que se produzca una mayor incitación a la violencia.
En este caso, el papel que desempeña el ejecutivo en la difusión de las noticias falsas es más impactante -y, por tanto, la regulación se hace más urgente-, ya que puede influir en más personas.
Medidas reglamentarias: los tres enfoques
Una vez sentadas las bases del necesario acto de equilibrio entre el derecho individual a la libertad de expresión y la regulación contra la difusión de noticias falsas, los órganos legislativos deben preguntarse primero cuál es el objetivo final de la regulación.
De hecho, una legislación sólida no solo debe ser introducida para castigar al infractor, sino también para prevenir la violación en sí misma. En otras palabras, el legislador debe cuestionar la eficacia real de la legislación adoptada.
La normativa estatal para combatir la difusión de noticias falsas puede enmarcarse en tres macrointervenciones:
- Corregir la información falsa,
- Eliminar el post ofensivo o bloquear la cuenta que difunde las noticias falsas, o
- Sancionar al individuo acusado de difundir información deliberadamente distorsionada e incorrecta.
En el primer caso
las medidas pueden ir desde las notificaciones de comprobación de hechos, como en Twitter o Facebook, hasta medidas más severas, como las de la Ley de Protección contra la Falsedad y la Manipulación, en la que las autoridades nacionales pueden notificar al individuo con una solicitud de corrección de la información publicada.
Segundo enfoque normativo
El ejemplo más emblemático es el ya comentado caso Trump.
El tercer enfoque
Es el más intrusivo y el que corre más riesgo de violar el derecho de expresión. Tal parece que este último tipo de regulación es el más eficiente -ya que es el que más disuade de la difusión de noticias falsas o información dudosa, como por ejemplo que digan que la Xenofobia no es Racismo
Conclusión
En conclusión, la difícil relación entre la libertad de expresión y la lucha contra la difusión de noticias falsas seguirá suscitando numerosos debates.
De hecho, nadie es inmune a la desinformación y, a menudo, los sesgos cognitivos, como el «sesgo de confirmación», o los efectos perversos de la normativa contra las noticias falsas, siempre pueden hacer que esta información se haga viral.
Sin embargo, una regulación equilibrada puede ser una herramienta útil para reducir el impacto social de las noticias falsas.
¿Cuál es tu opinión sobre los mecanismos de censura en Internet? ¿Te parece necesaria, por qué?