Los seguros de vida que normalmente suelen adquirirse, se hacen con el propósito de conseguir una mejora calidad de vida o bienestar personal, de familiares y personas cercanas. Esos seguros, en la mayoría de los casos, suelen considerar como beneficiarios a terceros en sentido de ofrecerles una indemnización. Todo pensado en el dado caso de que fallezca el tomador asegurado.
Generalmente, las personas que suelen designarse como beneficiarios, bien sea solo uno o dos al puesto, son quienes tienen mayor vínculo afectivo con el titular (familia, amigos, allegados, compañeros, entre otros). En realidad, es una decisión muy propia del titular. Debe destacarse que, contrario a lo que pueda parecer, contar con un beneficiario no es un requisito obligatorio, por lo que no siempre entonces debe designarse.
Cuando casos como los mencionados son los que suceden, surgen ciertas inquietudes en relación con el seguro de vida. Ya que si no hay una persona que pueda cobrar una indemnización en caso de un fallecimiento, entonces es necesario saber quién queda a cargo de cobrar el seguro de vida sin beneficiario.
¿Quiénes son los beneficiarios?
El beneficiario en cualquier seguro de vida, independientemente del contrato de cualquier empresa o compañía que tome, como, por ejemplo, el Plan de Vida de Amex, es la persona o entidad que recibirá la indemnización de ese seguro en caso de que fallezca el titular asegurado.
Tal y como lo referimos en un inicio, pueden ir considerados desde familiares, amigos, allegados hasta instituciones, según como lo establezca la persona asegurada. El titular tiene también todo su derecho sobre modificar a la persona designada en recibir la indemnización en caso requerirlo o, incluso, de que fallezca.
Sobre las situaciones en que resultan varios beneficiarios, la capital deberá distribuirse entre ellos mismos de forma equitativa. Será así siempre tomando en cuenta de que no exista otra manera en que haya sido especificada la repartición de la indemnización por parte del titular.
Un aspecto a considerar es que, con frecuencia, suelen designarse dos (2) beneficiarios. Se considera a una segunda persona, quien será la que tendrá el cobro del plan de vida en caso de que falte el primero. Por ello, los agentes de seguros suelen dar este tipo de recomendación a sus clientes. Para que puedan tener en cuenta las situaciones y cómo actuar para prevenir decisiones indeseadas.
¿Es obligatorio contar con beneficiarios para un Seguro de Vida?
No se trata precisamente de un requisito obligatorio que todo titular de un Seguro de Vida tenga un beneficiario, pero sí es una situación que suele recomendarse y, por tanto, frecuentarse.
La razón se debe a que normalmente el titular busca proporcionar cierta ayuda económica para su tercero en caso de que fallezca. Pues, el dinero que se cobra es libre de impuesto y puede usarse para cubrir deudas, gastos fúnebres, hipotecas y otros fines.
Asimismo, como mencionamos en el punto anterior, las recomendaciones sobre los beneficiarios de los Seguros de Vida no solamente suelen enfocarse en tener una persona, por el hecho de que por distintas causas puede que este falte. Y, por tanto, tampoco habrá una persona a quien designarle el cobro. Es por eso que algunas empresas aseguradoras pueden exigir a sus asegurados una cantidad de dos (o hasta más) beneficiarios.
¿Qué sucede cuando no hay beneficiarios designados en un Seguro de Vida?
Cuando hay una ausencia del beneficiario, el procedimiento que debe llevarse es lo establecido por las normas del plan de vida, en las que suelen encontrarse el orden de los beneficiarios:
- Hijos supervivientes del titular asegurado
- En caso de que no tenga hijos, los padres del titular serán los beneficiados. El capital será separado en cantidades iguales o, si solo hay uno de los parientes vivos, entonces recibirá la indemnización completa.
- El cónyuge superviviente recibirá la capital en caso de que el titular fallezca.
En casos en los cuales no se puede otorgar la indemnización a ninguno de los ejemplos mencionados, entonces deberá seguirse lo establecido por la Ley. De acuerdo a lo que establece, el beneficio será parte del tomador. Por tanto, si tomador y asegurado resultan la misma persona, los beneficiarios serán sus herederos legales.
Cobro del Seguro de Vida sin beneficiario
Aunque el plan de vida no cuente con beneficiario asignado, puede realizarse el cobro de la indemnización. Esto sucede cuando el capital pasa a considerarse como patrimonio del tomador. En consecuencia, el seguro tendrá la potestad de cobrarse por los herederos legales mediante la misma herencia.
En primera instancia, para el cobro del seguro de vida sin el beneficiario designado, lo recomendable es que se informe sobre la existencia de un seguro de vida a los familiares más cercanos de asegurado. De tal manera, lo primero para cobrar la indemnización es comunicar a la compañía aseguradora sobre el fallecimiento del titular en un lapso de siete (7) días máximo para optar por el reclamo de indemnización.
Comunicarse con la familia más cercana es sumamente importante. Hay muchos casos en los que se desconoce de la existencia de un plan de vida y, por consiguiente, los familiares suelen no saber si es posible el cobro del capital.
¿Cuál es la situación si el beneficiario fallece?
Otra de las situaciones que se presentan es cuando sí hay designado un beneficiario, pero este fallece. La situación no es complicada, pues en el caso comentado, todos los derechos y beneficios regresar al titular del Seguro de Vida.
En otras palabras, si el beneficiario fallece entonces no se cuenta con un beneficiario y los derechos no se incorporan a su patrimonio puesto a que no son heredados, sino que simplemente regresar al tomador del seguro. Este asegurado podrá designar a otra persona como su beneficiario.
¿Qué sucede si fallece el tomador y el beneficiario al mismo tiempo?
Cuando fallecen al mismo tiempo el asegurado y su beneficiario designado, la capital o indemnización pasa como patrimonio del beneficiario. La razón es debido a que no hubo posibilidad para aplicar una transmisión de derechos. Además, queda al derecho del beneficiario por la misma situación, ya que el derecho va del asegurador al beneficiario y no por el caso contrario.
Es así, como en pocas palabras, los planes de vida se consideran instrumentos financieros diseñados con el propósito de ofrecerles una seguridad económica a ciertos beneficiarios ante el fallecimiento del titular asegurado.
Si bien sus tipos de planes pueden variar, así como las empresas aseguradoras también pueden ofrecer otros servicios, es crucial que ante la toma de un Seguro de Vida se designen beneficiarios. Es así como la indemnización podrá distribuirse correctamente, siguiendo las intenciones o deseos del titular.